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  • Foto del escritorJONATHAN REGALADO REGALADO

EL CONSEJO GENERAL LEGITIMA EL TRABAJO SOCIAL CLÍNICO Y SU COMPETENCIA PSICOTERAPÉUTICA


Por primera vez en la historia de nuestro país, la máxima institución de representación de la profesión en España, el Consejo General del Trabajo Social, legitima de forma explícita y pública el Trabajo Social Clínico y su competencia psicoterapéutica.



Hoy ha publicado el Consejo en su página web un documento informativo denominado El Trabajo Social Clínico y la Psicoterapia. Este documento ha sido elaborado por Amaya Ituarte, una figura de importante relevancia en el desarrollo de esta especialidad en el país por ser la primera que introduce el término de forma rigurosa en la literatura científica de la profesión en España, con su obra publicada en 1992. Aunque los primeros indicios de la especialidad datan de los años 50 del siglo pasado, no es hasta los años 90 cuando aparece de manera formal. Permanece principalmente en un plano académico hasta la década de 2010, momento en el que se traslada de manera intensa y extensa al colectivo profesional, desarrollándose las primeras formaciones especializadas y grupos profesionales en los Colegios.


Hace al menos una década que muchas y muchos profesionales del Trabajo Social Clínico en España venimos esperando una actuación de este tipo por parte de nuestras instituciones profesionales. Venimos expuestos a una importante opresión disciplinar, por parte de un sector minoritario y pequeño de la Psicología, que desea imponer el discurso de que la terapia es de uso exclusivo por parte de ella. Todo ello sin ningún sustento jurídico ni científico.


El documento del Consejo es sintético y concreto. Tiene 13 páginas que se estructuran de la siguiente forma:


  1. El Trabajo Social.

  2. Sobre el Trabajo Social Clínico.

  3. Sobre la Psicoterapia.

  4. Conclusiones.


En el primera apartado se realiza un recorrido breve por la definición de la profesión y su objeto disciplinar (persona-en-situación), con la finalidad de suscribir la subjetividad humana como parte esencial de este objeto, y el abordaje de los conflictos psicosociales como eje pivotante de su actuación. Con ello se da fundamento a la tesis de que al Trabajo Social le compete conocer, entender y abordar la subjetividad humana, tanto como el entorno, o en palabras de Zamanillo (1992) "todos los fenómenos relacionados con el malestar psicosocial de los individuos relacionados según su génesis estructural y su vivencia personal". Finaliza este apartado explicando las estrategias generales de actuación: la intervención directa y la intervención indirecta, definiéndo esta última como una actuación que abarga "desde la prestación de un servicio o recurso concreto, hasta modificaciones en el comportamiento, laadaptación al entorno, en las relaciones más próximas y con el contexto social, o en general aquellas acciones tendentes al logro del bienestar bio-psico-social".


“La práctica del trabajo social abarca una variedad de actividades que incluyen varias formas de terapia y asesoramiento; trabajo en grupo y trabajo comunitario; formulación y análisis de políticas; y promoción e intervenciones políticas" (FITS)

En el segundo apartado el documento realiza una síntesis de algunas definiciones relevantes que se han dado sobre la especialidad del Trabajo Social Clínico desde su origen. Ha citado una definición anglosajona, otra europea y una española, a saber:


  1. National Association of Social Work (1987, 2022)

  2. Centro Europeo de Trabajo Social Clínico (2022)

  3. Ituarte (1992, 2017)

Tomando como base las definiciones previas se realizan una serie de conclusiones sobre el Trabajo Social Clínico, que pueden entenderse como una definión que asume como propia del Consejo General de Trabajo Social.


  • El Trabajo Social Clínico es Trabajo Social, por lo que asume sus principios, valores, conocimientos y teorías.

  • Es una especialidad que se ejerce en cualquier contexto de intervención, no únicamente en el ámbito sanitario y en problemas de salud.

  • El TSC siempre se aproxima y comprende a la persona consultante de forma contextualizada (perspectiva psicosocial o persona-en-situación).

  • Para la intervención desde el TSC se requiere, de forma imprescindible, de una "relación" entre profesional y persona consultante. No puede existir proceso de intervención sin una relación "intersubjetiva".

  • El TSC es una práctica psicoterapéutica, que tiene como eje principal el conflicto psicosocial existente.

  • El uso de servicios, prestaciones y recursos son totalmente compatibles con la práctica psicoterapéutica anterior.


En el apartado correspondiente a la psicoterapia se realiza una breve repaso por algunas definiciones de relevancia, de las siguientes fuentes:


  • El Diccionario del Trabajo Social (Barker, 1991)

  • La Federación Española de Asociaciones de Psicoterapia (FEAP)

  • Dr. Ávila Espada, Catedrático de Psicoterapia - Universidad de Salamanca.


Todas las fuentes mencionadas determinan que el Trabajo Social puede ejercer la psicoterapia, con la formación y cualificación de posgrado correspondientes.


Como se sabe, la psicoterapia no está regulada legalmente en España. Por tanto, no existe una definición que podamos denominar oficial. No existe una ley que establezca qué es la psicoterapia, quién es un psicoterapeuta, cómo se hacer psicoterapia ni que hay que estudios y competencias profesionales hay que tener para implementarla. Por esta razón, en ausencia de regulación oficial, son las instituciones profesionales, asocionaciones y federaciones las que definen y organizan la práctica. Siendo así, la institución que regula la profesión del Trabajo Social en nuestro país (Consejo General) legitima la práctica psicoterapéutica como función propia.


El Consejo General ya se había pronunciado anteriormente a este respecto, cuando en 2011 afirmó (Herrera, Mesa y Almeida, 2012):


"[...]desde una perspectiva jurídica el trabajador/ a social que pretenda asumir la conducción psicoterapéutica, deberá acreditar, además de la formación académica como diplomado o grado, la especialización u obtención de las competencias técnicas indispensables para el desempeño de tales funciones".

Por último se llevan a cabo las conclusiones al documento. A continuación expongo una síntesis:


  1. El Trabajo Social Clínico es tanto una disciplina académica como una profesión reconocidas internacionalmente.

  2. El TSC y la psicoterapia han estado relacionados de manera íntima desde los comienzos de la especialidad.

  3. Para ejercer el TSC se requiere de una formación especializada que capacite a los/as profesionales para implementar una relación y práctica psicoterapéuticas.

  4. El TSC ha realizado importantes contribuciones a la práctica de la psicoterapia y a la elaboración y difusión de corrientes teóricas fundamentales.






Antes de finalizar, me gustaría añadir una parte de información que considero relevante. A finales de 2021 personalmente solicité al Consejo General del Trabajo Social como representante del Instituto Español del Trabajo Social Clínico, que expresara su posicionamiento sobre la legitimidad del Trabajo Social Clínico y dejara clara nuestra competencia para hacer terapia. Todo ello, como consecuencia de los actos de persecución iniciados por el Consejo General de la Psicología para echar abajo la primera edición del Especialista Universitario en Trabajo Social Clínico que se venía cursando en ese momento (ahora mismo se está cursando la segunda edición). En febrero de 2022 recibo a través de correo electrónico su respuesta. En ella, el Consejo General no sólo proporciona una definición de esta especialidad incluyendo su carácter terapéutico, sino que, además, afirma de forma categórica que la asume como propia y legítima. A continuación expongo de manera literal el comunicado del Consejo (Consejo General del Trabajo Social, comunicación privada, 8 de febrero de 2022):


El Trabajo Social Clínico (TSC) forma parte esencial del Trabajo Social desde los comienzos de éste como disciplina científica, a principios del siglo XX, y encuentra sus fundamentos teóricos en los escritos de las fundadoras de la disciplina y la profesión. Es una forma especializada de intervención terapéutica de los y las trabajadores sociales que, basada en los principios del Trabajo Social y aplicando las teorías y métodos que le son propios, trata de ayudar a individuos, familias y grupos a prevenir y afrontar las situaciones vitales estresantes que, debidas a factores y problemas relacionales, sociales, de salud, económicos, laborales o de cualquier otra índole, les producen malestar psicosocial y sufrimiento, utilizando para ello las propias capacidades de las personas y los recursos de su contexto socio-relacional. A diferencia de lo que sucede en otras disciplinas, la práctica clínica del Trabajo Social no se circunscribe únicamente a la práctica en el campo sanitario, sino que se realiza en todos aquellos campos en los que es precisa la atención al malestar y al sufrimiento psicosocial: servicios sociales generales, y especializados (mujer, familias, infancia, tercera edad,…); centros educativos y formativos; empresas y centros laborales; centros sanitarios (atención primaria, especializada, hospitalaria, salud mental, adicciones,…); justicia (atención a víctimas de delitos, prisiones…), ejercicio libre, etc. La primera formación específica en TSC se inició, en 1940, en la Louisiana State University.

El TSC está reconocido como especialidad dentro del Trabajo Social en Estados Unidos, Canadá, Puerto Rico, Chile, Australia, India, Israel, Sudáfrica…, y en Europa en países como Alemania, Noruega, Suiza…

El Consejo General del Trabajo Social asume como propio y legítimo el Trabajo Social Clínico: a este respecto cabe señalar que ya en 1992 publicó, junto con la Editorial Siglo XXI, el libro Procedimiento y Proceso en Trabajo Social Clínico, de Amaya Ituarte, primero publicado en lengua castellana sobre la materia. El pasado año (2020) organizamos una formación de Trabajo Social Clínico, dirigido por las Doctoras Josefa Fombuena, de la Universidad de Valencia y Dolores de Pedro, de la Universidad de Zaragoza, en el que participaron como docentes profesores doctores de diversas universidades y profesionales de reconocido prestigio.



Para finalizar quisiera compartirles que el próximo mes saldrá a la luz mi libro "El Trabajo Social Clínico es legítimo. Fundamentos y evidencias que sustentan la legitimidad de su desarrollo en España". En él defino extensamente el Trabajo Social Clínico y su situación actual en España. El eje central del libro es la exposición de forma detallada y explícita de las situaciones de opresión disciplinar a las que venimos sometidos los/las profesionales del TSC en nuestro país y las evidencias que ponen de manifiesto que esta especialidad es legítima y que los argumentos que usan los detractores y negacionistas del TSC están basados en creencias y no en evidencias. En mis redes sociales (Instagram | Facebook) anunciaré el momento en que esté disponible.









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